La justicia absuelve a Guillermo Reyes de un delito por haber prescrito y un juzgado de Telde desahucia a una familia por un caso de hace 60 años

En estos días es información a nivel nacional, tras ser denunciado en el diario digital, TeldeActualidad, el desahucio a una familia de Lomo Magullo por una deuda de 19.000 pesetas que data de hace 60 años, alzamiento que se ha paralizado por segunda vez, este jueves día 9 de marzo, ante la negativa de los servicios sanitarios a realizar el traslado de la hija enferma. Sin embargo, la magistrada, Mónica Oliva, deja salir de rositas a Guillermo Reyes por haber prescrito el delito. Se da las circunstancia que otros fallos de la misma magistrada (hija del concejal del PP de Telde imputado por corrupción) de fechas similares, con Guillermo Reyes como denunciante, han terminado en sentencias condenatorias, quiénes no hemos tenido la misma suerte del concejal querellas, que con Monica Oliva gana las demandas que interpone contra ciudadanos y le prescriben cuando es el denunciado. 
Me queda claro que la justicia es una puta mierda.   
.  
Aquí les dejo el desgarrador testimonio en formato audio de Nieves López, portavoz de la familia, en unas demoledoras declaraciones efectuadas en Onda Guanche Radio, calificando a la justicia de corrupta y mafiosa, tras la ejecución de una sentencia injusta, de un caso del siglo pasado, que contrasta con la absolución del concejal, Guillermo Reyes de un delito de hace unos años, por haber prescrito, según la magistrada, Mónica Oliva, la hija del concejal del partido popular de Telde, Carmelo Oliva, acusado de corrupción política, que condena a los ciudadanos (hasta el momento y que se sepa somos tres teldenses los damnificado por la magistrada) cuando el denunciante es Guillermo Reyes, en el caso de Ildelfonso Jimenez, con pruebas falsas y manipuladas, en el de Maria Pérez y en el mio, vulnerando Derechos Fundamentales. Y cuando el denunciado es el concejal querellas, sale de rositas, por haber prescrito el caso. Y en el Telde un juzgado desahuciada de su vivienda a una familia enferma, en un caso que data de hace 60 años. 

Nieves López
















Abajo les dejo en formato audio mi reflexión en Onda Guanche Radio, a propósito de la noticia denunciada por TeldeActualidad, ilustrada con galería de fotos, de la que se han hecho medios de comunicaciones nacionales y mi opinión sobre la implicación la plataforma ciudadana Telde Responde con la familia desahuciada.

    
Mientras la justicia en Telde utiliza todo el aparato funcionarial con un despliegue policial de película para ejecutar una deuda de hace 60 años y echar a una familia a la calle, por una deuda de 114 euros, que ellos aseguran haber saldado al prestamista usurero, Ventura Suárez, la magistrada Monica Oliva deja salir de rositas al concejal, Guillermo Reyes de un delito por considerarlo "prescrito", una nueva sentencia en la línea favorable de flotación del concejal querellas que roza el escándalo, porque ya huele mal que cuando un pleito de Guillermo contra un ciudadano caiga en la manos de la hija del concejal acusado de corrupción política en Telde, Carmelo Oliva, resulte condenado el ciudadano, incluso con pruebas manipuladas y falsas, como ocurrió con Ildelfonso. o seamos condenado, además del ex concejal de Nueva Canarias, a 18 meses de cárcel e inhabilitación profesional a 10 años, como ha ocurrido con la empresaria Maria Pérez Martel a pagar 600 euros a Guillermo Reyes y en mi caso, indemnizarlo con 10.000 euros, además de una multa de 4320 euros, (ver artículos de opinión en primera página de este enlace, con el título: Una sentencia en tela de juicio) en fechas similares a los hechos que dejan de rositas de Guillermo Reyes, por haber prescrito, según Mónica Oliva que sospechosamente cuando la querella es contra el concejal, Guillermo Reyes sale absuelto, aún reconociendo la magistrada la comisión de un delito. ¿Casualidad o causualidad?

REPRODUCIMOS TITULARES Y TEXTO DE LA INFORMACIÓN PUBLICADA POR EL DIARIO DIGITAL, CANARIAS AHORA

Guillermo Reyes se libra de una condena por acoso al haber prescrito los hechos

                                                                      

La juez considera acreditado que el exconcejal de Urbanismo de Telde aisló a un funcionario y lo dejó sin funciones para "vejarlo y humillarlo" por un incidente que protagonizaron en la jornada electoral de 2003
Raúl Santana fue trasladado a un despacho en la Gerencia de Urbanismo en Jinámar que sólo contaba con tres sillas, una mesa, papeles y un bolígrafo
Maria Jesús Santana, entonces jefa de servicio del área, tuvo conocimiento de esta situación y no hizo nada para resolverla, según la sentencia
En cambio, la magistrada considera que José Luis Mena, sustituto de Santana en la jefatura, no permaneció pasivo ante las denuncias del trabajador

El presidente de Ciuca y actual concejal en la oposición en el Ayuntamiento de Telde, Guillermo Reyes, ordenó en el año 2003, siendo concejal de Urbanismo de la corporación, el traslado de un funcionario a un despacho que sólo contaba con tres sillas, una mesa, algunos papeles y un bolígrafo, aislándolo y sin atribuirle funciones, con "el firme propósito de vejarlo y humillarlo" tras un incidente entre ambos en la jornada electoral del 25 de mayo.  
Así lo acredita la magistrada Mónica Oliva, del Juzgado de lo Penal número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, en una sentencia en la que concluye que Reyes y María Jesús Santana, jefa de servicio del área de Ordenación del Territorio en esa época, cometieron un delito contra la integridad moral del trabajador Raúl Santana. Sin embargo,  los absuelve al considerar que los hechos denunciados habían prescrito en el momento de presentar la demanda (1 de octubre de 2007), ya que habían transcurrido los tres años que establecía el artículo 131 del Código Penal (los acontecimientos se producen entre septiembre de 2003 y junio de 2004).   
También ha quedado libre de cargos José Luis Mena, que sustituyó a María Jesús Santana en la jefatura de servicio. En su caso, no se ha demostrado que tuviera una actitud pasiva ni que dejara de adoptar medidas o dar instrucciones para mejorar las condiciones laborales del funcionario.
La Fiscalía solicitaba para los tres procesados una pena de dos años de cárcel y la inhabilitación especial para el empleo o cargo público durante tres años, mientras que la acusación particular solicitaba un año y seis meses de prisión para cada uno de ellos.
Según los hechos probados, Raúl Santana participó como representante de la Administración en una de las mesas del colegio electoral de Casas Nuevas, en el Cruce de Melenara, en los comicios del 25 de mayo de 2003. Durante esa jornada protagonizó un altercado con Guillermo Reyes, que se presentaba como candidato a la Alcaldía por Ciuca.
El funcionario aseguró en el juicio que Reyes le expulsó del colegio junto a otras personas, motivo por el que presentó una denuncia que terminó retirando por "temor" al concejal. Este aseguró que había llamado a la Policía Nacional y a la Delegación del Gobierno porque "había gente entrando en las cabinas". La juez pone de manifiesto en su resolución las contradicciones en las que incurrió Reyes, que admitió el altercado en fase de instrucción y lo negó en su declaración en la vista oral.
Tras la entrada del nuevo grupo de gobierno, formado por el PP y Ciuca, Raúl Santana fue trasladado desde el área de Parques y Jardínes, donde trabajaba desde agosto de 1995, a la Concejalía de Hacienda, concretamente al servicio de Recaudación Municipal, donde apenas permaneció un mes, ya que en julio Reyes propuso, según explicó el jefe de personal del Ayuntamiento en el juicio, que se integrara en el área que había asumido tras el pacto con los populares, Ordenación del Territorio.
El trabajador municipal se incorporó a una oficina situada en el Valle de Jinámar en la que no disponía de los medios materiales para poder desarrollar su trabajo, como refrendó en un informe la inspectora de Trabajo que acudió en dos ocasiones a las dependencias de la Gerencia de Urbanismo. Sólo disponía de tres sillas, una mesa, papeles y un bolígrafo y no tenía asignada ninguna tarea. Para la magistrada no existe "otra explicación razonable" más allá de la intención del concejal de humillar al empleado.
"No había motivo alguno para que se inventara sus condiciones, que además han sido corroboradas por la Inspección de Trabajo y la Junta de Personal", expone la sentencia.
Mónica Oliva también considera probado que María Jesús Santana tuvo conocimiento de la situación del trabajador a través de sus denuncias, pero que, sin embargo, no adoptó ninguna medida para solventar el problema. "Resulta insólito que siendo concejal o jefe de servicio manifieste que no tenía conocimiento de que había sido trasladado", apunta la juez, que remarca que una funcionaria reconoció en la vista que el funcionario había llamado en multitud de ocasiones a la jefa de servicio y se había presentado en su oficina para comunicarle sus quejas.
Raúl Santana permaneció de baja del 24 de septiembre al 15 de diciembre de 2003 y del 18 de diciembre del mismo año al 10 de mayo de 2005 y, a consecuencia del acoso moral que padeció, sufrió un trastorno ansioso-depresivo de carácter leve. El trabajador también denunció su caso por la vía contencioso-administrativa, que le dio la razón y obligó al Ayuntamiento a indemnizarle con 12.000 euros.
Cuando se reincorporó a su puesto de trabajo, en mayo de 2005, le trasladó su denuncia a José Luis Mena, que había sido designado tan sólo una semana antes jefe de servicio de la concejalía. Mena lo trasladó de forma inmediata a las dependencias ubicadas en la calle León y Castillo de la Ciudad de los Faycanes, unas oficinas de nueva creación "con medios escasos". En un principio se le asignó una mesa formada con una tabla de madera sujetada por dos burras, no anclada en el suelo, aunque posteriormente sí dispuso de equipamiento en condiciones -aunque tenía que compartirlo con otros empleados- y un ordenador.
La juez señala que Mena dio instrucciones para este cambio y para que le fueran atribuidas funciones. "No consta que recibiera escritos o informes de las condiciones de trabajo de Raúl Santana", puesto que no se entregaron hasta el 22 de septiembre de 2005 y el jefe de servicio estuvo de vacaciones del 15 de ese mes al 15 de octubre, precisa en el fallo.
Contra la decisión del Juzgado de lo Penal número 2 de Las Palmas de Gran Canaria aún cabe un recurso de apelación, para lo que dispone de un plazo de diez días.
Fuentes: CanariasAhora.com

    Comentar con Google
    Comentar con Facebook

• NOTICIAS RELACIONADAS